Matriculación de vehículos nuevos y vehículos provenientes del extranjero

La matriculación de un vehículo es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas, por lo que antes de circular con cualquier vehículo que hayas adquirido, ya sea nuevo o comprado en el extranjero (nuevo o usado), debe estar matriculado. Por ello, es importante colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

  • El plazo máximo  fijado para realizar el procedimiento de matriculación por parte de la DGT es de 3 meses. Si no obtienes respuesta en este plazo es porque el trámite no se ha realizado, considerando el silencio administrativo como negativo.
  • Una vez realizado el trámite de matriculación, te entregaremos el número de matrícula y el Permiso de circulación Ayuda del vehículo. 
  • Con esta documentación podrás adquirir tus placas de matrículas.
  • Si el vehículo que deseas matricular es un vehículo histórico, o si lo que necesitas son unas matrículas temporales para circular con un vehículo mientras gestionas la matriculación definitiva del mismo, el trámite a realizar es distinto a la matriculación ordinaria.

En los casos en el que el vehículo adquirido es nuevo, para realizar el trámite dirígete al icono de ‘Matriculación de vehículos nuevos’. En cambio, si tu vehículo proviene del extranjero, accede al icono ‘Matriculación de vehículos provenientes del extranjero’. Si necesitas más información sobre este caso, en el apartado “Supuesto especial: Importación de vehículos.

Por otro lado, para realizar cualquier gestión relacionada con la matriculación de un vehículo, utiliza nuestro asistente online o consulta la página general, y te ayudaremos a acceder correctamente al trámite que necesites.

La matriculación de un vehículo debe hacerla el comprador-titular o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

1. El vehículo dispone de ficha ITV electrónica

Requisitos para poder realizar la matriculación de vehículos nuevos o del extranjero:

  • Verifica que el vehículo dispone de ficha ITV electrónica. Para vehículos que sólo dispongan de ficha ITV en formato físico, puedes presentar tu solicitud de matriculación a través de nuestro Formulario de Solicitud General. Debes disponer de DNI Digital o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve. 
    • Rellena los campos de contacto y modo de notificación e introduce la matrícula del vehículo a dar de baja, así como el CIF/NIF/NIE. 
    • En el apartado de “Solicitud”, completa la información de la matrícula del vehículo y el bastidor. Selecciona el despegable de “Materia de tramitación”, la opción “Matriculación’” además de la oficina de tu provincia. Si no estuviera en el listado, selecciona la opción "Otras provincias". No te olvides de completar el campo “Información del trámite a solicitar” con una explicación detallada de tu solicitud y de adjuntar en el apartado de "Documentos" toda la documentación necesaria para realizar el trámite. 

  • En el caso de menores tutelados o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado. 

2. Pago, exención o no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y del Impuesto de Circulación (IVTM)

  • Deberás justifica el pago del Impuesto Especial de Determinados Medios de Transportes (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria). Si tienes un remolque, este pago no hace falta que lo realices ya que están exentos.
  • También tienes que liquidar el Impuesto de Circulación (IVTM) del ayuntamiento en el que tengas tu domicilio y adjuntar una copia de los modelos entregados, justificante de pago y/o exención, a esta solicitud.

1. Si lo haces a través de internet

  • Certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve para acceder al servicio. 
  • Abonar la tasa correspondiente. Puedes pagarla en el mismo formulario pulsando el botón 'Pagar' del panel de “Solicitud”. Si la has abonado previamente, puedes introducir el número de tasa, que se encuentra en la última página del justificante de compra.    Ayuda
  • Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda  o tarjeta de ITV con la diligencia de venta o, en su defecto, factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
  • Documento digitalizado acreditativo del pago del Impuesto Especial de Determinados Medios de Transporte, excepto si es para un remolque que no hace falta documento ya que están exentos.
  • Documento digitalizado acreditativo del pago del Impuesto de Circula.ción.
  • Documento digitalizado acreditativo del pago o exención del Impuesto de Circulación del ayuntamiento donde tengas tu domicilio.
  • En el caso de que actúes como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.

2. Si realizas el trámite prensencialmente

  • Solicitud en impreso oficial.
  • Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta o, en su defecto, factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
  • Justificante de pago con los datos de la tasa de adquirida previamente. También podrás realizar el abono de la tasa en el momento de realizar el trámite en nuestras oficinas con tarjeta, nunca en efectivo.
  • Justificantes de pago de los impuestos necesarios para realizar el trámite en tráfico:
    • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio.
    • Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto de Matriculación (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria o, en el caso de País Vasco y Navarra, en su Hacienda Foral correspondiente), excepto en el caso de remolques.

Aunque lo habitual es que la gestión de la matriculación de un vehículo la realice el concesionario dónde lo has adquirido o un gestor, puedes hacerlo tú mismo:

1. Por internet, a través de nuestro Formulario de Solicitud. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve para acceder al formulario. Una vez dentro: 

    • Rellena los campos de contacto y modo de notificación, así como el CIF/NIF/NIE 
    • En el apartado de “Solicitud”, puedes completar la información de la matrícula del vehículo y el bastidor. Si se trata de un particular, en el campo “Servicio al que se destina el vehículo” debes seleccionar “SERVICIO PRIVADO – Sin especificar”. Cualquier otro servicio requerirá de documentación adicional para acreditar que tienes derecho a dicho servicio.  
    • Finalmente, en “Añade documento” en la sección de “Documentos a adjuntar” y adjunta toda la documentación necesaria previamente escaneada: 
      • Documento acreditativo del pago del Impuesto de Circulación (IVTM) 
      • Si actúas como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.  
    • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestroRegistro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).  
    • Registra tu solicitud y conserva el justificante.  
    • Una vez recibida y tramitada tu solicitud, te enviaremos el Permiso de Circulación de tu vehículo a casa. En el caso de que tu vehículo no disponga de Ficha Técnica Electrónica eITV te avisaremos para que acudas a tu Jefatura u Oficina de Tráfico a entregar la ficha técnica y finalizar el trámite. 

    Cuando presentas tu solicitud por Registro, debes tener en cuenta: 

    • La presentación por Registro de una solicitud no es un trámite automático. La atenderemos en el menor tiempo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo concreto. En el momento en el que la gestionemos, te enviaremos un correo electrónico confirmándote su tramitación.  
    • A la hora de efectuar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.  
    • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verifica que son fácilmente legibles y que se encuentran escaneados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.

    2. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina local de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

    Deberás acudir con tu documentación original y en vigor para acreditar tu identidad: Documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros). En el caso de menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.

    Si tu vehículo (nuevo o usado) proviene del extranjero, además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación en función de si el vehículo es nuevo o usado y de dónde proceda: 

    1. Vehículos nuevos (no matriculados anteriormente):
      • Adquiridos en la Unión Europea e Irlanda del Norte:
        • Justificante del pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA 
        • Ficha técnica expedida por la ITV.
      • Adquiridos en países fuera de la UE:
        • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.
        • Ficha técnica expedida por la ITV.

    2. Vehículos usados:
      • Adquiridos en la UE e Irlanda del Norte
        • Documentación original del vehículo.
        • Ficha técnica expedida por la ITV.
        • Documento que justifique el pago correspondiente en hacienda:
          • Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
          • Si el vehículo adquieres a un compraventa de país distinto de España, se tienes que aportar factura en la que figure el número de IVA.
          • Si el vehículo lo adquieres a un compraventa español, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
      • Adquiridos en países fuera de la UE:
        • Documentación original del vehículo.
        • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.

    Los vehículos, nuevos o usados, procedentes de Reino Unido, salvo Irlanda del Norte, importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 deberán cumplir los requisitos aplicables a vehículos adquiridos fuera de la UE. En el caso de que el vehículo tenga la condición de estatuto de la UE, serán aplicables los requisitos requeridos para vehículos adquiridos en la UE siempre y cuando se presente el certificado emitido por la AEAT que acredite esta condición.


    Podrás realizar la solicitud del trámite por cualquiera de los siguientes canales:

    1. Por internet, a través de nuestro Formulario de Solicitud General. Debes disponer de DNI Digital o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve. Puedes seguir las siguientes instrucciones: 

    1. Compra y descarga el justificante de haber abonado la tasa correspondiente (consulta el apartado "Coste del trámite" para ver qué tasa debes comprar)
    2. Una vez en el formulario, rellena los datos de solicitud:
      • Rellena los campos de contacto y modo de notificación e introduce la matrícula del vehículo a dar de baja, así como el CIF/NIF/NIE. 
      • En el apartado de “Solicitud”, completa la información de la matrícula del vehículo y el bastidor. Selecciona el despegable de “Materia de tramitación”, la opción “Matriculación’” además de la oficina de tu provincia. Si no estuviera en el listado, selecciona la opción "Otras provincias". No te olvides de completar el campo “Información del trámite a solicitar” con una explicación detallada de tu solicitud.
      • Deberás aportar toda la documentación necesaria.
      • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestroRegistro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).  
    3. Registra tu solicitud y conserva el justificante.  
    4. Una vez recibida y tramitada tu solicitud te informaremos de su resolución.  

    Cuando presentes tu solicitud por formulario debes tener en cuenta: 

    • La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te enviaremos un correo electrónico confirmándote que ya ha sido realizado. 
    • A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación. 
    • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud. 

    2. Presencialmente, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Deberás acudir con documentación original y en vigor para acreditar tu identidad. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

    Si encontramos algún problema en tu solicitud online, te mandaremos un correo para que la subsanes. En dicho correo te indicaremos cual ha sido el problema y qué documentos debes presentar para corregir o completar la documentación inicialmente aportada.

    Para hacerlo deberás acceder al Formulario de Solicitud correspondiente (Matriculación de vehículos nuevos o Matriculación de vehículos provenientes del extranjero). Te aparecerá un nuevo panel, “Solicitudes realizadas anteriormente” dónde deberás seleccionar en el desplegable qué solicitud, de todas las realizadas anteriormente, quieres subsanar. Una vez seleccionada la solicitud a subsanar, no podrás modificar los datos de la misma, únicamente podrás adjuntar nueva documentación.

    Si necesitas más ayuda, tienes disponible un videotutorial dónde se explica paso a paso como subsanar una solicitud presentada a través de nuestro Registro Electrónico. 

    subasanacion_RELW

    Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación para los supuestos especiales siguientes: 

    • Vehículos agrícolas: En los casos en los que se trate de un vehículo especial agrícola, previo a la matriculación en la DGT, es necesario realizar la inscripción del vehículo en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA). Dicho registro es autonómico, por lo que debes informarte en tu Comunidad Autónoma de las condiciones y pasos para realizar dicha comunicación. Una vez realizado el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), deberás incluir en tu solicitud el documento acreditativo de haber comunicado previamente el cambio en el registro ROMA, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
    • Autobuses o vehículos de transporte de mercancías con una MMA (Masa Máxima Autorizada) superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: certificado de autorización de transportes, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
      • Para tramitar la matriculación de un vehículo (excepto ciclomotores) tienes que adquirir la tasa 1.1 de 99,77 euros
      • Para el caso de ciclomotores, tendrás que comprar la tasa 1.2 de 27,85 €

    Tienes varios medios para pagar tu tasa:

    • Si vas a realizar la solicitud del trámite por internet a través del Registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella.
    • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

    ¿Puedo conducir mi vehículo mientras se tramita la matriculación?

    No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes solicitar unas placas temporales (verdes)


    ¿Qué vehículos puedo matricular en tráfico?

    Vehículos a motor o remolques que usen cualquier tipo de vía pública, por lo que quedan fuera de nuestro ámbito la matriculación de embarcaciones náuticas, aeronaves o cualquier otro vehículo que no haga uso para su desplazamiento de las vías públicas.


    ¿Qué vehículos no son necesarios matricular?

    Como regla general se debe matricular cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques. Quedan excluidos los remolques y semiremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

    También están exentos de matriculación los vehículos de movilidad personal (VMP)


    ¿Dónde consigo mis placas de matrícula?

    Una vez hayas realizado la matriculación deberás dirigirte a un centro autorizado de expedición de placas de matrícula con la documentación original del vehículo que te hemos facilitado previamente, no son válidas las fotocopias.

    Además, por temas de seguridad, te solicitarán el DNI, nombre, apellidos y dirección.


    ¿Puedo colocar una placa de matrícula de tamaño reducida en mi vehículo?

    Únicamente se puede poner si el coche está homologado de fábrica para España con dichas placas. Si cuando lo compraste venía con las matrículas de tamaño estándar, no las podrás cambiar.

    Descarga de impresos

    Te puede interesar